Complicaciones durante el parto y sufrimiento fetal

Actualmente las indemnizaciones más importantes concedidas en este país por los Tribunales de justicia en casos de negligencia médica han sido casos de mala praxis en la asistencia al parto, por falta de detección o reacción inmediata al sufrimiento fetal que ha producido daños cerebrales irreversibles en el niño, que condicionarán toda su vida y la de sus padres.

Ello es así porque de la actuación durante la asistencia al parto y de la detección del sufrimiento fetal a tiempo dependerá que un feto sano llegue a buen término o en cambio que sufra hipoxia y daños cerebrales, falleciendo o quedando secuelas neurológicas que afectaran al niño toda su vida tanto respecto del desarrollo mental como físico.

¿Cómo se determina el sufrimiento fetal y como deben actuar los facultativos ante el mismo?

El sufrimiento fetal agudo (SFA), o distrés fetal, es un término que se usa en obstetricia para referirse a un estado que altera la fisiología fetal antes o durante el parto, de tal modo que es probable su muerte o la aparición de lesiones permanentes en un período relativamente breve.

Antes del parto el responsable del seguimiento del embarazo debe revisar periódicamente el bienestar fetal así como tener en cuenta si se va a encontrar ante un parto de riesgo, por las este que el nacimiento se produzca sin daños para la madre y el recién nacido.

Asimismo, durante el parto y teniendo en cuenta en su caso los referidos factores de riesgo, y en todo caso los protocolos dictados por la Sociedad Española de Ginecología y las guías específicas para la detección temprana y actuación inmediata en caso de sufrimiento fetal; teniendo siempre muy presente el riesgo que implica este sufrimiento.

El sufrimiento fetal se produce cuando el bebé sufre una privación de oxígeno y se detecta por cambios en la frecuencia cardíaca, disminución del movimiento fetal o sustancias anormales en el líquido amniótico (meconio).

El sufrimiento fetal es una complicación de emergencia que debe tratarse inmediatamente para evitar la EHI (encefalopatía hipóxico-isquémica) y una lesión permanente; por lo que debe acelerarse el parto o realizar una cesárea, con monitorización constante y advirtiendo a neonatología para que se ocupen inmediatamente del bebé tras el nacimiento.

¿Cuándo existe mala praxis médica en caso de sufrimiento fetal?

La medicina asistencial está configurada actualmente como una obligación de medios y en este sentido se examinará el cumplimiento de los protocolos, la aplicación de todos medios adecuados, la valoración de la suficiencia de los recursos empleados (personales y materiales), aunque el resultado sea finalmente adverso. Al existir un referente científico externo especializado que auxilia la determinación de la lex artis (protocolos, literatura médica, estadísticas, etc.) también se debe examinar el mismo.

En el caso del sufrimiento fetal agudo con resultado de fallecimiento del feto o secuelas en el recién nacido, se debe analizar tanto la situación durante el embarazo y si se presentaban indicadores de un parto de riesgo (madre diabética o con hipertensión, feto muy grande, alteraciones de la placenta, vueltas de cordón…) como especialmente la actuación de la matrona y el ginecólogo durante el parto.

Habrá que ver si se hicieron y revisaron correctamente los RCTG para ver la frecuencia cardíaca fetal, si existieron indicios de sufrimiento mediante líquido amniótico teñido, así como si el período de expulsión duró demasiado tiempo; debiéndose valorar si la actuación de los intervinientes fue en todo momento expectante y se reaccionó rápidamente ante los indicios de sufrimiento.

Los abogados de APORCENTAJE cuentan con el asesoramiento de peritos médicos especialistas en ginecología, neurología y pediatría. Contacte con nosotros y estudiamos su caso:

¿Cuáles son las consecuencias del sufrimiento fetal?

Tras el nacimiento se realiza el Test de Apgar que puede indicar este sufrimiento, asimismo se puede determinar el grado del mismo con la prueba de acidosis del ph en la sangre del cordón y del feto, constatándose el efectivo sufrimiento; pero en ocasiones las consecuencias pueden manifestarse y evolucionar durante el crecimiento del niño.

Los bebés con sufrimiento fetal tienen un alto riesgo de padecer trastornos metabólicos, trastornos cognitivos, parálisis cerebral y anomalías cardíacas, entre otras. En el caso de producirse encefalopatía hipóxico isquémica (EHI) se producen daños cerebrales que conllevan deterioro de nivel de alerta y capacidad para despertar, alteraciones en el tono muscular y las respuestas motoras, alteraciones en los reflejos y convulsiones. La anoxia cerebral (ausencia de oxígeno en el cerebro). La anoxia cerebral puede generar daños de difícil o imposible recuperación, con lesiones de muy diverso tipo como trastornos en el movimiento, la comunicación y el aprendizaje, dificultades en la alimentación, parálisis, epilepsia, déficit cognitivo…

¿Cómo puedo saber si hubo sufrimiento fetal y qué hacer en ese caso?

Si bien el sufrimiento fetal y las consecuencias del mismo se objetivan generalmente tras el nacimiento o en los primeros años de vida, por parte de los facultativos se suele defender que se siguieron todos los protocolos y que no pudo evitarse, por lo que es esencial que por parte de especialistas se estudie el caso concreto y se pida la historia clínica del seguimiento del embarazo, el programa, los registros RCTG, hojas de enfermería, informes de recién nacido; con especial atención a lo que en ocasiones “desaparece” de la historia clínica y que supondrá una inversión de la carga de la prueba. En definitiva se trata de valorar si se hizo todo lo posible para detectar el sufrimiento fetal y actuar inmediatamente o por el contrario la falta de detección o actuación tardía guardan relación directa con el sufrimiento fetal y sus consecuencias.

En APORCENTAJE llevamos más de veinticinco años analizando casos de negligencia médica y en el ámbito del seguimiento del embarazo y asistencia al parto hemos constatado tanto en la actuación pública como privada supuestos de mala praxis con resultado de fallecimiento del bebé o graves daños cerebrales.

Los abogados de APORCENTAJE cuentan con el asesoramiento de peritos médicos especialistas en ginecología, neurología y pediatría para poder estudiar la documentación médica y determinar la mala praxis asistencial o defectuoso servicio, siendo esencial asimismo las explicaciones del paciente y de su entorno relativas al desarrollo de los hechos.

Asimismo, le ayudaremos a valorar en su momento y junto con médicos especialistas en valoración de daño corporal, los daños y perjuicios sufridos; debiendo tenerse en cuenta además casos de daños neurológicos la necesidad de seguimiento y atención continua del niño durante toda su vida, los costes añadidos para los padres y el efectivo daño moral producido.