1º.- Tras comprar la finca deberemos examinarla por si existen defectos de construcción. Da igual que sea nueva o de segunda mano, aunque los plazos y las posibilidades de reclamar son muy distintos y en el caso de viviendas de segunda mano en algunos casos puede excluirse de todas aquellas que se encuentren “a la vista”.
2º.- Cuando aparezcan las primeras muestras de que pueda existir un defecto de la construcción deberán documentarse a través de fotografías, videos o cualquier forma de acreditar su existencia.
3º.- En el caso de que formemos parte de una Comunidad de Propietarios, es interesante comprobar si somos los únicos a los que nos ha aparecido ese defecto de la construcción. Si fueran unos defectos generalizados sería conveniente que la Comunidad reclamara conjuntamente para ahorrar costes.
4º.- Es importante acudir a abogados especializados ya que en algunos casos los plazos para reclamar son cortos y es necesario iniciar las reclamaciones cuanto antes.
5º.- Contratar un perito que puedan realizar un seguimiento de si esos defectos van a más, (p. ej en caso de grietas o fisuras pueden tener que colocarse testigos en ellas y comprobar si se encuentran estabilizadas o no, y van a más).
6º.- El perito también deberá determinar cuál es la causa de esos defectos y a quién debe imputarse. Es importante porque dependiendo de qué tipo de defecto sea, el plazo para reclamar será uno u otro.
7º.- El perito también será quien determine cómo debe repararse ese daño y cuál es el importe que implicará esa reparación
8º.- Hemos de tener en cuenta que los plazos de garantía dependen de qué se trate el defecto:
– Un año para reclamar defectos de acabado
- Tres años para defectos de habitabilidad o funcionalidad
- Diez años para defectos que afecten a la estructura del edifico.
Debe tenerse en cuenta que estos plazos comienzan a contar desde la recepción de la obra por el promotor y estos supone un problema en caso de aquellas viviendas que por las circunstancias del mercado han tardado más tiempo del previsto en venderse.
9º.- También es importante documentar las reparaciones que pueda realizar el promotor si atendiera a nuestra reclamación tanto en cuanto a qué ha realizado, como la fecha en la que las ha realizado.
10º.- En definitiva, hay que documentar los defectos, ser rápidos en poner en evidencia esos defectos y acudir a un perito para que nos indique frente qué tipo de defecto nos encontramos y cuál debe ser la forma correcta de repararlos. Y también acudir a un abogado para que esos plazos cortos, no se nos pasen.